Bienvenido estudiante este es el Blog Derecho y Ciencia Política, donde encontrarás todo lo necesario para que la experiencia de conocer al Derecho, sea muy divertida!!!

Constitución (concepto, evolución, clasificaciones y procedimientos de reforma).


Constitución: es la norma jurídica interna de mayor jerarquía. Es el conjunto de normas fundamentales de una comunidad determinada como un Estado, que regula la organización y funcionamiento del gobierno y establece los derechos de los individuos.

La Constitución vigente fue aprobada en 1967 y fue modificada en forma parcial en 1989, 1994, 1996, 2004. Tiene 332 artículos, en diecinueve secciones.

Es muy importante que sepas la evolución de la Constitución uruguaya, por eso te dejo un material en formato PDF, para que puedas descargarlo e informarte más.

Evolución Constitucional en PDF

Las Constituciones alrededor del mundo se clasifican también, y para eso se tienen en cuenta diversos criterios, a continuación te dejo otro PDF, con esas clasificaciones.


Clasificaciones de las Constituciones en PDF

Para que existiera la evolución constitucional fue imprescindible que existieran mecanismos de reforma, los cuales están escritos en la propia Constitución en el artículo 331. Por eso te invito a que conozcas a cada uno de estos mecanismos, para eso descarga el siguiente PDF.

Procedimientos de reforma constitucional en PDF

También considero muy importante este artículo del Plan Ceibal acerca de esos procedimientos, así que te invito a que lo visites clickando en este enlace.


Norma Jurídica (concepto, estructura y caracteres).

Norma Jurídica

Concepto: es una regla dictada por el Estado, que integra el Sistema Jurídico, y es dirigida a encauzar el comportamiento humano, su incumplimiento amerita el uso de la fuerza y una sanción. Por lo general impone deberes y confiere derechos.

Estructura:
Según Hans Kelsen (jurista nacido en Praga, durante la dominación austro-húngara).

La norma jurídica tiene dos partes:

·         El antecedente: que es la descripción de una conducta humana.

·         La consecuencia: que es la sanción por haber incurrido en esa conducta.

Art 310 Código Penal “El que, con intención de matar, diere a muerte a alguna persona, será castigado con veinte meses de prisión a doce años de penitenciaría.”

“El que, con intención de matar, diere a muerte a alguna persona… (Antecedente).

… será castigado con veinte meses de prisión a doce años de penitenciaría.” (Consecuencia)

Dado A debe ser B
El Derecho pertenece al mundo del “Deber ser” y no al del “Ser” que es de reglas de la naturaleza.
Las leyes naturales siempre “son”, por ejemplo: si suelto un objeto el mismo caerá por la Ley de gravedad, para que esa ley se cumpla Dado A es B, si algún día, suelto un objeto y el mismo no cae, la Ley de la gravedad deja de existir.
En cambio en el Derecho, “debe ser” tal cosa, pero puede “que no sea”. Siguiendo con el ejemplo anterior, el que mata a otro debe ser castigado, pero puede ocurrir que no lo sea, porque no lo descubren, porque huye, u otros motivos.
Pero esa norma jurídica sigue existiendo, y se sigue aplicando.

Norma Primaria y Norma Secundaria.

·         Norma primaria: es explícita, dada tal conducta debe ser tal consecuencia.

·         Norma secundaria: es implícita, se deduce de la primaria y casi siempre es un mandato o una prohibición.

Características de la Norma Jurídica

·         Coercibilidad: el incumplimiento de una norma jurídica amerita el uso de la fuerza, por parte del Estado para obligar dicho cumplimiento.

·         Generalidad: la norma jurídica es general para todos aquellos que se ven contenidos en ella.

·         Bilateralidad: las normas jurídicas al mismo tiempo que conceden derechos, establecen obligaciones, existen dos lados siempre.

·         Exterioridad: lo que le importa a la norma jurídica es la conducta exterior del individuo, ella es algo externo al mismo, que busca encausarlo en su conducta, no parten de si conciencia.

·         Imperactividad: la norma jurídica ordena su cumplimiento y obediencia, es un mandato, pero debemos tener en cuenta que el individuo siempre cuenta con su libre albedrío, puede incumplirla, pero tendrá que atenerse a las consecuencias de sus actos.

·         Heteronomía: la norma jurídica se da por entendida, mismo que el sujeto no la conozca, es ajena a los individuos, son impuestas por la sociedad o el Estado y deben ser cumplidas. Es impuesto “por los de afuera”.


Ejemplos de normas jurídicas, que desarrollaremos más adelante.

·         Constitución
·         Leyes
·   Decretos de la Junta departamental con fuerza de Ley (en Rivera se llaman ordenanzas).
·         Códigos
·         Decretos del Poder Ejecutivo
·         Actos administrativos generales
·         Resoluciones administrativas
·         Sentencias judiciales
·         Contratos