Bienvenido estudiante este es el Blog Derecho y Ciencia Política, donde encontrarás todo lo necesario para que la experiencia de conocer al Derecho, sea muy divertida!!!

Formas que asume el gobierno en atención a los fines prevalentes del Estado - Estado Social de Derecho

Formas que asume el gobierno en atención a  los fines prevalentes del Estado
Al inicio todos los estados tenían una naturaleza simple, cumplían solo con los fines primarios, que hoy en día se llaman “cometidos esenciales” (orden interno, defensa y relaciones exteriores), este Estado con características liberales, se denominó “Estado juez y gendarme”.

Pero con el paso de los años el Estado va a asumiendo otros fines secundarios como las actividades de servicios públicos, o las sociales e industriales. A este Estado más intervencionista se lo llamó “Estado Benefactor “.

Estado Social de Derecho: Estado Social de Derecho es aquel Estado que actúa conforme al orden jurídico que el mismo ha dictado. Pero también, es necesario que ese Derecho reconozca ciertos principios básicos: los derechos humanos, el respeto a la soberanía del pueblo, en fin, el conjunto de valores que van configurando los caracteres de la democracia.
En períodos de dictadura no hay Estado de Derecho.
Se dice que se lo denomina “Social” porque este Estado supera todos los clásicos cometidos o fines del siglo XVIII y asume los cometidos con sentido social, que si se llevaran a cabo solo por medio de los particulares o del “mercado” no atenderían a la población con equidad y justicia.

Clasificación de Cometidos del Estado Social de Derecho, según Enrique Sayagués Laso.

Cometidos Esenciales: son los mismos que llevaba a cabo el Estado liberal individualista del siglo XVIII, que aún hoy subsisten (orden interno, defensa y relaciones exteriores).

Servicios Públicos: son aquellos cometidos que solo pueden ser prestados por el Estado o a veces por los particulares pero actuando estos como concesionarios del Estado. (Ejemplo: agua potable, luz, teléfono, transporte colectivo, etc.)

Servicios Sociales: son los que presta el Estado y que también los particulares pueden prestar  sin necesidad de una concesión, pero mismo así deben estar sujetos a ciertos controles estatales. (Por ejemplo: salud y educación.)


Actividades industriales y comerciales: son aquellas actividades que tradicionalmente son llevadas a cabos por los particulares. (Por ejemplo: la bancaria, transportes de carga, algunas industrias de importancia para estratégica para el país).



Algunos videos interesantes sobre el tema:


Tarea: Derecho Subjetivo.

Ya hemos visto el concepto y las distintas clasificaciones de los derechos subjetivos, si no los recuerdan siempre pueden volver a verlo clickando aquí.


Utilizando a la Internet como herramienta de investigación, deben encontrar al menos cuatro normas jurídicas, las cuales pueden ser de Derecho Interno o de Derecho Internacional, donde se reflejen derechos subjetivos que ustedes reconocen tener.

Ayuda: recuerden situarse en todos los roles que ustedes ocupan (hombre, mujer, ser humano, estudiante, adolescente, uruguayo, etc).

Luego de esto, deben completar el cuestionario a seguir:



Derecho Subjetivo (concepto y clasificaciones), deber correlativo.

El Derecho Subjetivo, concepto.

Es la facultad o la posibilidad de una personas de hacer o de no hacer algo; facultad o posibilidad que es lícita porque se basa en una norma de Derecho objetivo.
En esta definición estamos utilizando algunas palabras como "derecho objetivo" que ya vimos y otras como "personas" y "lícita", que más adelante serán mejor explicadas, pero confiamos en que desde ya han entendido su significado aunque sea aproximadamente.
De entrada resulta una distinción clara entre derecho subjetivo, que es el que tiene una persona y derecho objetivo que es en definitiva el orden jurídico como sistema de normas, actos y principios jurídicos.
Otra aclaración que ayuda a entender esta definición de derecho subjetivo es la siguiente: se trata de una facultad o posibilidad y no necesariamente del ejercicio del Derecho. El señor "A" puede tener derecho a cobrarle una suma de dinero al señor "B" y ese es ya el derecho subjetivo, pero no significa que le esté efectivamente reclamando ese cobro. Tiene sí la facultad o posibilidad de hacerlo.

Clasificación de los Derechos Subjetivos.

a) Derechos dela personalidad: no tienen contenido económico; ejemplo: derecho al nombre, a la vida, derecho de padres, de contrayentes, etc.

b) Derechos patrimoniales: tienen contenido económico, a su vez de clasifican en:

   b1) derechos patrimoniales personales: estos ocurren cuando se le puede exigir algo a una persona; ejemplo: "a", puede cobrarle solo a "B".
   b2) derechos patrimoniales reales: estos ocurren cuando a parte de poder exigir algo a una persona, podemos ejecutar un bien para cobrarnos; ejemplo "a" puede ejecutar la casa de "B" para cobrarse (si la garantía es un bien mueble "hipoteca"; si es un bien inmueble "prenda").

A su vez los derechos patrimoniales se dividen en:
b1a) Contra la cosa: es el derecho a ejecutar la cosa o bien para cobrarme (voy contra la cosa).
b1b) En la cosa: es el derecho que se tiene en la cosa, como por ejemplo el derecho de propiedad o el de usufructo. 

El Deber correlativo.

El derecho subjetivo además de ser una facultad,  y de tener licitud, tiene el deber correlativo de otra persona de acceder  sea de cumplir con el derecho subjetivo de "A", si este lo exige.

Comprendiendo la Dualidad del Derecho, facultades y deberes.


“Comprendiendo la dualidad del Derecho, facultades y deberes” 

Metas de Comprensión

Los estudiantes deben…

a) Reconocerse como sujetos de Derecho, que se encuentran inmersos en un universo de relaciones jurídicas, que les adjudican deberes y les conceden facultades. (Derechos Subjetivos / Sujeto y objeto de Derecho / Persona Física).

b) Tener conciencia de que las personas físicas presentan incapacidades algunas veces, y estas pueden ser de carácter temporal o permanente, las cuales se ven amparadas por el Sistema Jurídico mediante los institutos de protección al incapaz. (Incapacidades e Institutos de protección al incapaz).

c) Comprender que cada derecho conlleva un deber correlativo. (Deber como contrapartida del derecho).

d) Posicionarse frente al Derecho, con la conciencia del alcance de su actuar voluntario. (Relación jurídica / Hechos y Actos).

e) Conocer cómo y de donde emergen las obligaciones civiles. (Fuentes de las Obligaciones).

f) Ser conscientes de que el Derecho reconoce como sujeto de derecho a la persona individual, así como a la persona colectiva, y de que ellos pueden integrar a esta última. (Persona Colectiva o Jurídica).

Desempeños de Comprensión

Meta a:

1) Siguiendo las orientaciones del Blog y valiéndose de Internet como herramienta de investigación, encuentre al menos cuatros normas jurídicas que pueden ser tanto de Derecho Interno como de Derecho Internacional, donde se refleje algún derecho subjetivo de ustedes. Además responda al cuestionario. (A realizarse en Sala de Informática).

2) Investiguen y respondan ¿Todos los seres humanos siempre fueron considerados “Sujeto de Derecho”? En base a los datos que recauden: realicen un cartel y preparen una clase para presentar ante sus compañeros explicando la respuesta a la que llegaron. (Trabajo a realizarse como TD y en grupos de máx. 4 integrantes).

3) Conociendo las tres posturas existentes para el inicio de la personalidad, elija la que usted crea más conveniente, desarróllela en forma escrita y fundamente su elección. Elija la que cree menos conveniente y realícele una crítica. (A realizarse en clase).

4) Realice un estudio a fondo del procedimiento de elaboración de la Ley N° Ley Nº 18.987 “INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO”. Tome una postura sobre la misma, realice una redacción donde consten sus argumentos para tomar esa postura. (A realizarse como TD).

5) Debate de posturas sobre la Ley Nº 18.987 “INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO”, exponga los argumentos que lo llevan a posicionarse a favor, en contra o de forma neutra, ante esta Ley. (A realizarse en clase).

Meta b:

1) Analice los Institutos de protección al incapaz, y responda al cuestionario (A realizarse en sala de informática).

Meta c:

1) Elijan cuatro derechos subjetivos que ustedes tengan e identifiquen los deberes correlativos correspondientes a cada uno de ellos. (A realizarse en clase).

2) Piensen en los derechos subjetivos y en los deberes más importantes que creen que los jóvenes tienen, en base a sus aportes se realizarán una serie de videos concientizadores, acerca de la importancia de los derechos y los deberes. (A realizarse en más de una instancia, a lo largo de todo el tópico, la exhibición de este video cerrará el tópico).

Meta d:

1) Utilizando la herramienta web https://bubbl.us realicen un esquema de la Relación Jurídica, deberán explicarles el esquema a sus compañeros, traer una copia impresa y subirlo al grupo de Facebook, para que posteriormente el mismo sea publicado en el Blog.

2) Represente de alguna manera (dibujo, narración, representación teatral, música, maqueta, cartel, video, presentación de diapositivas, prezi, etc) Un acto o hecho que considere de relevancia jurídica. Deberá explicarle a sus compañeros el significado de dicha representación. (A realizarse en dos partes, la primera como TD y la segunda en clase).

Meta e:

1) Redacte una situación donde se vea reflejada una obligación, su fuente formal y la norma jurídica que habilita esa obligación. (A realizarse en clase).

2) Diferencia Fuente material de Fuente formal y ejemplifique al menos una vez cada una.

Meta f:

1) Imaginen que deciden reunirse para lograr un fin que desean y para eso quieren crear una persona Jurídica, redacten toda esa situación, teniendo en cuenta: el concepto de personas jurídicas, sus elementos, las clasificaciones existentes, su nacimiento y fin, naturaleza, etc. Además de realizar un Logo, redactar un eslogan, y todo lo que estimen necesario para la buena imagen de su organización. Luego deberán exponer sus trabajos a los compañeros. (A realizarse parte como TD y parte en clase).


Evaluación diagnóstica continúa

Meta a

1) Cuestionario.

2) Rúbrica. (Coevaluación anónima)

3) Lista de cotejo.

4) Rúbrica.

5) Lista de cotejo.

Meta b

1) Cuestionario.

Meta c

1) Lista de cotejo.

2) Lista de cotejo (Coevaluación del cumplimiento de la tarea concientizadora).

Meta d

1) Rúbrica (Coevaluación anónima).

2) Lista de cotejo (Autoevaluación).

Meta e

1) Rúbrica.

2) Rúbrica.

Meta f

1) Lista de cotejo (Autoevaluación)

2) Rúbrica (Coevaluación).


DDHH

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Ley - Procedimiento de elaboración, etapas de Discusión y Sanción.

Estas etapas están a cargo del Poder Legislativo.

Cuanto es presentado un Proyecto de Ley, el mismo puede:


La Cámara en la que se presentó el proyecto de Ley, no lo estudia inmediatamente en el plenario, sino que lo pasa a una de sus comisiones, naturalmente a la comisión más especializada en el tema. Si por ejemplo se trata de un proyecto sobre vacunación, lo pasará a la Comisión de Salud Pública.

La Comisión lo estudia, los discute y cota aconsejando su aprobación, o su desaprobación, o su aprobación con modificaciones, o su archivo. Puede haber uno o más informes.

Siempre se denomina primera cámara a aquella que recibe el proyecto, es decir que tanto la Cámara de Representantes, cuanto la Cámara de Senadores, puede ser la primera Cámara.

Si la primera Cámara aprueba el proyecto, se dice que este tiene media sanción, luego este proyecto pasa a la segunda Cámara donde pasa por el mismo procedimiento que ya experimentó en la primera, si esta segunda Cámara lo aprueba, el proyecto queda Sancionado. 

Caso la segunda Cámara tenga diferencias con la primera, puede desechar el proyecto o archivarlo, si esto sucede el mismo no se puede presentar hasta el próximo período legislativo (es decir el próximo año), si la segunda Cámara le hace "reparos" al proyecto, es decir modificaciones, el proyecto debe volver a la primera Cámara para que esta pruebe, o no las modificaciones, si aprueba, el proyecto queda sancionado. Pero si no aprueba y mantiene el proyecto original, se convoca a la Asamblea General, para que el proyecto obtenga sanción entonces, debe tener al menos 2/3 de los votos.

Ley - Concepto y Proceso de Elaboración, etapa de Iniciativa.

Las Leyes: 




Se debe aclarar que el uso común que se le da al vocablo “Ley” es el de describir a todo el Derecho, pero ese no es que se utilizará en este curso de Derecho y Ciencia Política.

En esta frase: “yo soy un fiel cumplidor de las leyes”, vemos claramente el uso de la palabra en un sentido general del Derecho.

Pero nosotros tomaremos a la palabra LEY como un tipo especial de norma jurídica.

Concepto de Ley: son leyes en sentido formal, todas las normas jurídicas elaboradas por las dos Cámaras del  Poder Legislativo y promulgados por el Poder Ejecutivo.

En nuestro Estado, todo el proceso de elaboración de las leyes está determinado en la Constitución de la República.

Las etapas básicas para elaborar una ley son:
INICIATIVA- DISCUSIÓN- SANCIÓN- PROMULGACIÓN- PUBLICACIÓN.

Iniciativa: 

Es la etapa de presentación de un proyecto, para que se “inicie” un proceso que puede o no concluir en una nueva Ley.

El proyecto debe ser redactado y articulado, no solo una idea. Además debe tener una “exposición de motivos”, es decir una fundamentación.

Tres tipos de Iniciativa.
Iniciativa Popular: Art. 79 inciso 2º de la Constitución.
Iniciativa del Poder Legislativo: Art. 133 de la Constitución.
Iniciativa del poder Ejecutivo (en algunos casos “privativa”): Art. 133 de la Constitución.

Artículos de la Constitución trabajados:

Artículo 79. 

La acumulación de votos para cualquier cargo electivo, con excepción de los de Presidente y Vicepresidente de la República, se hará mediante la utilización del lema del partido político. 
La Ley por el voto de los dos tercios del total de componentes de cada Cámara reglamentará esta disposición. 

* El veinticinco por ciento del total de inscriptos habilitados para votar, podrá interponer, dentro del año de su promulgación, el recurso de referéndum contra las Leyes y ejercer el derecho de iniciativa ante el Poder Legislativo. Estos institutos no son aplicables con respecto a las Leyes que establezcan tributos. Tampoco caben en los casos en que la iniciativa sea privativa del Poder Ejecutivo. Ambos institutos serán reglamentados por Ley, dictada por mayoría absoluta del total de componentes de cada Cámara. 

Artículo 133. 

Todo proyecto de ley puede tener su origen en cualquiera de las dos Cámaras, a consecuencia de proposiciones hechas por cualquiera de sus miembros o por el Poder Ejecutivo por medio de sus Ministros, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso 6° del artículo 85 y artículo 86. 

Requerirá la iniciativa del Poder Ejecutivo todo proyecto de ley que determine exoneraciones tributarias o que fije salarios mínimos o precios de adquisición a los productos o bienes de la actividad pública o privada. 

El Poder Legislativo no podrá aumentar las exoneraciones tributarias ni los mínimos propuestos por el Poder Ejecutivo para salarios y precios ni, tampoco, disminuir los precios máximos propuestos. 

(También puedes comprobar los artículos de la Constitución directamente en ella, en la columna de la Derecha del Blog, en el botón "Constitución Online")

Descarga el Registro de Ley en formato PDF